El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha acordado enviar a prisión sin fianza al extesorero del Partido Popular, Luis Bárcenas, tras aparecer nuevas pruebas que le pueden llevar a huir de la Justicia. Después de cuatro años desde que fue imputado, el instructor, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, considera que es el momento de que vaya a la cárcel madrileña de Soto del Real.
Bárcenas ha recibido la noticia con entereza aunque ha afirmado estar "desconcertado" ya que no entiende cómo han tenido que pasar cuatro años para tomar esta decisión. Su abogado ha anunciado que presentará un recurso de apelación ante la Sala al tiempo que ha señalado que tener 40 millones en un banco "no es ningún delito".
El juez entiende que desde la última vez que le tomó declaración hasta hoy hay nuevos hechos que pueden incrementar de “forma evidente y sensible” un riesgo de fuga. “El ingente acervo acumulado al presente estadio procesal respecto del imputado acerca de su participación en diversos delitos sancionados todos ellos con penas de prisión de diversa duración, en algunos supuestos de hasta seis años de prisión, ha puesto de manifiesto que a día de hoy deben ser tenidas en cuenta nuevas circunstancias respecto a Bárcenas, y cuya incidencia el presente procedimiento no se puede obviar”.
A pesar de que Bárcenas ha cumplido con las medidas impuestas como la comparecencia quincenal en la Audiencia Nacional o la prohibición de salir del país, tal y como ha alegado su defensa, para Ruz la prisión ahora es esencial para “garantizar la conservación de las fuentes de prueba evitando su alteración o perturbación por parte del imputado”.
Para el instructor es esencial que de lo instruido hasta la fecha todo hace indicar que tiene más cuentas en el extranjero, como en Estados Unidos y Uruguay, y tiene que ser tenido en cuenta como un elemento más a la hora de valorar la posibilidad de que pueda fugarse y ante la proximidad del juicio oral, “contando con medios económicos para facilitar su huida, en atención al patrimonio que se le presume y que, al presente momento se constata como de difícil intervención judicial”.
Ruz expone como nueva prueba la supuesta compraventa de una obra pictórica por 500.000 euros por parte de la mujer de Bárcenas que la marchante Isabel Mackilay desmiente. Reconoció encontrarse con Bárcenas cuando éste lo ha desmentido, al asegurar que fue un negocio de su mujer. Este jueves el extesorero negó la validez de las manifestaciones de la testigo aduciendo que padece una enajenación mental. A pesar de que hay prueba de que Bárcenas voló Buenos Aires, donde reside la marchante, él sostiene que se reunió con unos empresarios, aunque no les ha identificado.
Asimismo, las comisiones rogatorias remitidas por Suiza sobre las cuentas bancarias de Bárcenas en el Dresdner Bank y en el Lombard Odier confirman los indicios “hasta el momento mantenidos respecto del presunto delito de blanqueo de capitales atribuido al imputado, al tiempo que se ponen de manifiesto elementos indiciarios adicionales a los hasta ahora valorados para sostener la imputación por diferentes delitos contra la Hacienda Pública en los ejercicios 2002, 2003 y 2007” además de la imputación por cooperación necesaria en la defraudación del IRPF de 2006 correspondiente a su mujer Rosalía Iglesias.
Modus operandi
El juez describe el modus operandi para blanquear dinero. Primero, se trata de una fase de integración o colocación de los fondos obtenidos derivados en parte de las comisiones generadas por su participación en unión del imputado Francisco Correa en las adjudicaciones de contratos púbicos realizadas a empresas afines. Después, va una segunda fase de encubrimiento o estratificación, consistente en la desvinculación del origen de los fondos procedentes de las actividades delictivas. Y por último, desarrollaba una fase de integración de los fondos ya blanqueados y su retorno al sector de la economía real del que provenían.
Para todo este proceso, el imputado, según el juez, se vale de la utilización de presuntos testaferros como el también imputado Iván Yáñez así como de estructuras societarias complejas y opacas, actuando como sociedades pantalla y apareciendo desvinculadas de beneficiario real.
Tal incremento patrimonial recogido en las comisiones enviadas por Suiza “aparece carente de justificación a través de negocios jurídicos o actividades comerciales lícitas en las que conste acreditada la intervención del imputado”.
Según recoge el auto, del análisis de sus cuentas en el Lombard Odier se recoge que todas ellas presentan un comportamiento “homogéneo, nutriéndose nuevamente a través de múltiples ingresos en efectivo, transferencias bancarias y otros abonos mediante bonificaciones o compensaciones, para posteriormente invertirse los montantes en valores en valores mobiliarios”.www.elconfidencial.com/.../
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